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Seguros

Cuánto cuesta un seguro de hogar

Precio del seguro de hogar por perfil y vivienda, precios de entrada publicados por aseguradoras, cómo declarar continente y contenido y qué puede exigirte el banco.

Por Enrique Cubas

Precio orientativo

60 € – 480 € al año

Los seguros están exentos de IVA. Las primas se muestran como importes finales orientativos e incluyen, cuando corresponde, impuestos y recargos propios del seguro.

Cuánto cuesta un seguro de hogar

Respuesta rápida

Un seguro de hogar cuesta entre unos 85 € y 240 € al año para el propietario de un piso y hasta unos 480 € en un chalet; un inquilino, que asegura su contenido y la responsabilidad civil, paga entre 60 € y 180 €. Como precio de entrada publicado, Caser anuncia desde 100 € al año y MAPFRE desde 120 €. Lo decisivo, además de la prima, es el capital que declaras: si aseguras por menos del valor de reconstrucción, la aseguradora puede aplicar la regla proporcional y pagarte solo esa proporción del daño.

Qué hace variar la prima

En el seguro de hogar la cifra que decide todo no es la prima sino el capital declarado. Si aseguras por debajo del valor de reconstrucción, la aseguradora puede aplicar la regla proporcional y pagarte solo esa proporción del daño, aunque el siniestro sea pequeño, salvo que la póliza la excluya. Y hay dos errores opuestos que se cometen a la vez: valorar el continente por el precio de compra del piso, lo que te hace pagar de más porque el suelo no se asegura, e infravalorar el contenido, lo que te deja corto cuando hay que reponerlo.

Ejemplo de comparación

Una vivienda cuya reconstrucción vale 150.000 € pero asegurada por 90.000 € está cubierta al 60 %. Con unos daños por agua de 30.000 €, la indemnización no son 30.000 € sino 18.000 €: los otros 12.000 € los pone el asegurado. Haber declarado bien el capital habría costado unas decenas de euros más al año.

Primas habituales según vivienda y perfil

En seguros, una prima baja no significa que la póliza sea equivalente. La comparación debe hacerse con los mismos capitales, franquicias, límites, exclusiones, carencias y servicios de asistencia.

Precios orientativos de cuánto cuesta un seguro de hogar
ConceptoPrecioDetalle
Inquilino60 € – 180 €/añoSolo contenido y responsabilidad civil. La estructura es del propietario.
Propietario de piso84 € – 240 €/añoContinente, contenido y responsabilidad civil.
Piso puesto en alquiler≈ 198 €/añoContinente y responsabilidad civil frente a terceros.
Chalet o unifamiliar180 € – 480 €/añoMás superficie y riesgo, con jardín o piscina.
Precio de entrada publicadodesde 100 €/añoCaser: Esencial desde 100 €, Plus desde 150 € y Premium desde 200 €. MAPFRE: desde 120 €. No son cotizaciones para tu vivienda.
Piso con capitales altos150 € – 320 €/añoEjemplo orientativo: 80 m² en Madrid, 120.000 € de continente y 25.000 € de contenido. Con esos capitales puede pasar del tramo general.
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Guía detallada para calcular el coste

Un seguro de hogar cuesta entre unos 85 € y 240 € al año para el propietario de un piso y hasta unos 480 € en un chalet, y las aseguradoras anuncian precios de entrada desde 100 € (Caser) o 120 € (MAPFRE). Pero además de la prima importa el capital que declaras: si aseguras tu casa por menos de lo que vale reconstruirla, la aseguradora puede pagarte solo una parte proporcional de cualquier siniestro, aunque el daño sea pequeño.

Cómo hemos calculado estos rangos: Los rangos por perfil son orientativos y se separan por perfil y tipo de vivienda, que es lo que más pesa. Los precios de entrada son los que publican Caser y MAPFRE, consultados el 1 de octubre de 2026: son el mínimo de cada producto, no una cotización para una vivienda concreta. Las reglas de infraseguro, las obligaciones del banco en préstamos hipotecarios y la cobertura del Consorcio son las que fija la normativa vigente. La prima concreta dependerá de los capitales, la ubicación y la antigüedad del inmueble.

Coberturas, reglas de infraseguro y obligaciones del prestamista contrastadas con la Ley 5/2019 y con la información oficial del Consorcio de Compensación de Seguros.

Cuánto cuesta según tu caso

El precio depende de dos cosas: qué eres respecto a la vivienda y cómo es la vivienda. Un inquilino solo necesita asegurar sus muebles y su responsabilidad civil, así que paga bastante menos que un propietario, que tiene que cubrir además la estructura.

Como referencia concreta: un piso de 80 m² en Madrid con 120.000 € de continente y 25.000 € de contenido se mueve entre 150 € y 320 € al año.

Precios orientativos en España para 2026. Los nombres de los productos («básico», «premium») no garantizan las mismas coberturas entre aseguradoras.
PerfilAl mesAl añoQué asegura
Inquilino5 € – 15 €60 € – 180 €Solo contenido y responsabilidad civil.
Propietario de piso7 € – 20 €84 € – 240 €Continente, contenido y responsabilidad civil.
Piso en alquiler (propietario)—≈ 198 €Continente y responsabilidad civil frente a terceros.
Chalet o unifamiliar15 € – 40 €180 € – 480 €Más superficie, más riesgo y jardín o piscina.

Continente y contenido: el error que te deja sin cobrar

Son los dos capitales que declaras al contratar, y confundirlos es el fallo más común. El continente es todo lo que se quedaría si volcaras la casa: paredes, suelos, techos, instalaciones, puertas, ventanas y sanitarios. El contenido es lo que se caería: muebles, electrodomésticos, ropa y objetos personales.

Y aquí está el error caro: el continente no se valora por lo que te costó el piso. En el precio de compra va incluido el valor del suelo y la ubicación, y eso no arde ni se inunda. El continente se valora por lo que costaría reconstruir la vivienda, que suele ser bastante menos que el precio de mercado.

El contenido va al revés: es fácil quedarse corto. Haz el ejercicio de sumar lo que costaría reponer todo lo que hay en casa —electrodomésticos, ordenadores, televisores, ropa, muebles— y verás que la cifra sube más de lo que parece.

  • Las joyas y objetos de valor suelen tener un sublímite: si tienes algo caro, decláralo aparte.
  • Comprueba que los daños por agua estén bien cubiertos y con qué límites.
Elemento¿Continente o contenido?
Paredes, suelos y techosContinente
Fontanería, electricidad y calefacciónContinente
Puertas, ventanas y sanitariosContinente
Cocina y armarios empotradosContinente
Muebles y electrodomésticosContenido
Ropa, ordenadores y televisoresContenido
Joyas y objetos de valorContenido, con límite específico por objeto

El infraseguro: cómo te pagan menos aunque el daño sea pequeño

Esta es la letra pequeña que más disgustos da, y casi nadie la conoce hasta que tiene un siniestro. Si declaras un capital inferior al valor real de tu vivienda, la aseguradora puede aplicar la regla proporcional: te indemniza en la misma proporción en la que estabas asegurado. La ley permite pactar que no se aplique (artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro), así que mira si tu póliza la excluye.

El ejemplo lo deja claro. Imagina una vivienda cuyo valor de reconstrucción es de 150.000 € y que aseguraste por 90.000 € para pagar menos prima. Sufres daños por agua tasados en 30.000 €. No te pagan los 30.000 €: te pagan la proporción, es decir, 18.000 €. Los 12.000 € restantes los pones tú, aunque el daño estuviera muy por debajo del capital contratado.

  • Ahorrarte 40 € al año declarando de menos puede costarte miles en un siniestro.
  • Algunas pólizas admiten un margen de tolerancia antes de aplicar la regla: busca en tu condicionado si lo tiene y de cuánto es.
  • Revisa los capitales cada pocos años: si has reformado la casa, el valor de reconstrucción ha subido.
Ejemplo ilustrativo de la regla proporcional.
ConceptoImporte
Valor de reconstrucción de la vivienda150.000 €
Capital que declaraste90.000 €
Proporción asegurada60 %
Daño sufrido30.000 €
Lo que te indemnizan18.000 €
Lo que pones tú12.000 €

Con hipoteca: el banco no puede obligarte a contratar el suyo

Este es el punto que más dinero ahorra y el que menos se sabe. Al firmar una hipoteca, el banco sí puede exigirte que tengas un seguro de daños sobre el inmueble: es legal y razonable, porque la vivienda es su garantía.

Lo que no puede hacer es obligarte a contratarlo con él. La Ley 5/2019 prohíbe las ventas vinculadas, y su artículo 17.3 va más lejos: el banco está obligado a aceptar la póliza de cualquier aseguradora que ofrezca garantías equivalentes, sin cobrarte comisión por revisarla y sin empeorar las condiciones del préstamo.

En la práctica puedes contratar tu seguro de hogar donde quieras y presentárselo. Ojo con las ofertas combinadas: si el tipo de interés estaba bonificado por contratar su seguro, al cambiar puedes perder esa bonificación, como recuerda el Banco de España. Lo que no puede hacer es negarse a una póliza equivalente ni cobrarte por revisarla.

  • El banco puede exigir seguro de daños del inmueble, pero no que sea el suyo.
  • No puede cobrarte comisión por revisar la póliza que le lleves.
  • Si tu tipo estaba bonificado por contratar su seguro, al cambiar puedes perder esa bonificación.
  • El seguro de vida vinculado a la hipoteca tampoco es obligatorio por ley.
  • Si ya firmaste con sus productos vinculados, revisa también los gastos de la hipoteca, que pueden ser reclamables.

Lo que cubre el Consorcio y no tu aseguradora

Hay una parte de tu póliza que no paga tu compañía. En España, los daños por riesgos extraordinarios los cubre el Consorcio de Compensación de Seguros, un organismo público que se financia con un recargo que ya va incluido en el recibo de tu seguro de hogar.

Es importante saberlo por dos motivos. El primero, que para tener esa cobertura hace falta tener el seguro de hogar en vigor y los capitales bien declarados, y que los daños por fenómenos naturales no se cubren si la póliza se contrató menos de siete días antes, salvo que sustituya a otra sin interrupción. El segundo, que si sufres una inundación extraordinaria o un terremoto, la reclamación se dirige al Consorcio y no a tu aseguradora, aunque tu compañía puede tramitártela.

  • Inundaciones extraordinarias, incluidas las provocadas por lluvias torrenciales.
  • Terremotos, maremotos y erupciones volcánicas.
  • Tempestad ciclónica atípica, que incluye vientos extremos y tornados.
  • Terrorismo, motines y hechos de las fuerzas armadas.
  • Ojo: la indemnización del Consorcio también se calcula sobre el capital que declaraste, así que el infraseguro te penaliza igual.

Qué suele quedar fuera

Las exclusiones más frecuentes son bastante parecidas en todas las compañías, y conviene leerlas antes de contratar y no cuando ya tienes el problema encima.

  • Humedades por filtración o condensación, que no son un daño súbito sino un problema de mantenimiento.
  • Daños preexistentes o por falta de conservación del inmueble.
  • Desgaste natural de instalaciones y electrodomésticos viejos.
  • Obras y reformas sin comunicar a la aseguradora.
  • Robo sin señales de fuerza en la vivienda.
  • Viviendas deshabitadas más tiempo del que permita la póliza: hay un límite de días.
  • Objetos de valor por encima del sublímite si no se han declarado.

Enlaces de interés

Estos son los puntos oficiales para comprobar coberturas, reclamar y consultar los datos de tu vivienda antes de declarar capitales.

Qué utiliza la aseguradora para calcular la prima

La aseguradora calcula el precio según el riesgo declarado y las coberturas elegidas. Edad, ubicación, historial, capital asegurado y uso del bien pueden producir diferencias importantes entre pólizas aparentemente parecidas.

  • Si eres inquilino, propietario que vive en la casa o propietario que alquila.
  • Los capitales de continente y contenido que declares.
  • Metros, antigüedad, tipo de vivienda y provincia.
  • Si es vivienda habitual o segunda residencia deshabitada parte del año.
  • Coberturas elegidas, como daños por agua, robo o roturas, y sus límites.
  • Límites por objeto en joyas y bienes de valor.

Cómo comparar pólizas más allá del precio

Lee las condiciones particulares y no solo el resumen comercial. Comprueba qué situaciones están cubiertas, qué límites se aplican, cuándo interviene la franquicia y cómo funciona la renovación.

  • Valora el continente por el coste de reconstrucción, no por lo que te costó el piso: el suelo no se asegura.
  • Suma de verdad lo que costaría reponer todo el contenido: es fácil quedarse corto.
  • Declarar de menos para ahorrar 40 € al año puede costarte miles con la regla proporcional.
  • Si tienes hipoteca, puedes llevar una póliza de otra aseguradora con garantías equivalentes; si la del banco estaba bonificada, pregunta qué bonificación pierdes.
  • Declara las joyas y objetos de valor aparte si superan el sublímite de la póliza.
  • Revisa los capitales tras cualquier reforma: el valor de reconstrucción sube.

Límites y exclusiones que deben quedar claros

Antes de contratar, confirma que la documentación recoge claramente estos elementos:

  • Capital de continente calculado por coste de reconstrucción, no por precio de compra.
  • Capital de contenido sumando lo que costaría reponerlo hoy.
  • Sublímite para joyas y objetos de valor, y si hay que declararlos aparte.
  • Cobertura y límites de los daños por agua.
  • Días máximos que la vivienda puede estar deshabitada.
  • Si el banco te pone pegas a otra póliza equivalente, o qué bonificación pierdes al cambiar.
  • Revisión de capitales después de cualquier reforma.

Preguntas frecuentes

¿Puede el banco obligarme a contratar su seguro de hogar con la hipoteca?

No. Puede exigirte que tengas un seguro de daños sobre el inmueble, porque es su garantía, pero la Ley 5/2019 prohíbe las ventas vinculadas y le obliga a aceptar la póliza de cualquier aseguradora con garantías equivalentes. Otra cosa son las ofertas combinadas: si el tipo de interés estaba bonificado por contratar su seguro, al cambiar puedes perder esa bonificación, como explica el Banco de España. Pregunta cuánto antes de decidir.

¿Cómo se valora el continente?

Por lo que costaría reconstruir la vivienda, no por lo que te costó comprarla. En el precio de compra va incluido el valor del suelo y de la ubicación, y eso no arde ni se inunda. Por eso el continente suele ser bastante menor que el precio de mercado del piso.

¿Qué pasa si aseguro por menos de lo que vale?

Se llama infraseguro y activa la regla proporcional: te indemnizan en la misma proporción en la que estabas asegurado. Si tu casa vale 150.000 € de reconstrucción, la aseguraste por 90.000 € y sufres un daño de 30.000 €, no cobras 30.000 € sino 18.000 €. La ley permite pactar en la póliza que no se aplique esta regla (artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro): mira si la tuya la excluye.

¿Quién cubre una inundación o un terremoto?

El Consorcio de Compensación de Seguros, no tu aseguradora. Es un organismo público que se financia con un recargo ya incluido en tu recibo, y cubre inundaciones extraordinarias, terremotos, tempestad ciclónica atípica y terrorismo. Hace falta tener el seguro en vigor, con una salvedad: los daños por fenómenos naturales no se cubren si la póliza se contrató menos de siete días antes, salvo que sustituya a otra sin interrupción. Y la indemnización también se calcula sobre el capital que declaraste.

¿Qué diferencia hay entre continente y contenido?

El continente es lo que se quedaría si volcaras la casa: paredes, suelos, instalaciones, puertas, ventanas, sanitarios y armarios empotrados. El contenido es lo que se caería: muebles, electrodomésticos, ropa y objetos personales. Un inquilino asegura su contenido y su responsabilidad civil; el continente lo asegura el propietario.

¿Qué suele quedar fuera de la póliza?

Las humedades por filtración o condensación, los daños por falta de mantenimiento, el desgaste natural, las obras no comunicadas, el robo sin señales de fuerza y las viviendas deshabitadas más días de los que permita el condicionado.

¿Cuánto contenido debería declarar?

Lo que costaría reponer hoy todo lo que hay en casa: electrodomésticos, televisores, ordenadores, muebles y ropa. Es fácil quedarse corto, así que haz la suma. Las joyas y objetos de valor suelen tener un sublímite por pieza: si tienes algo caro, decláralo aparte.

¿En qué se diferencia el robo del hurto?

El robo es con fuerza en las cosas o con violencia o intimidación, como forzar la puerta. El hurto es sin fuerza: alguien se lleva algo sin que haya señales. Muchas pólizas cubren el robo y solo algunas, o con límites bajos, el hurto: míralo en las coberturas.

¿Desde cuándo cubre el seguro?

Normalmente desde que pagas la póliza: Caser, por ejemplo, cubre desde el momento en que se hace efectivo el pago. La excepción son los riesgos extraordinarios del Consorcio, como inundaciones o terremotos: no se cubren si la póliza se contrató menos de siete días antes, salvo que sustituya a otra sin interrupción.

¿Cómo se puede pagar?

Lo habitual es pagar al año, y muchas aseguradoras permiten fraccionar en semestres, trimestres o meses. Fraccionar puede llevar recargo, así que compara el total anual. Y mira el precio de la renovación: el del primer año puede ser promocional.

¿Puedo cambiar la póliza antes de que venza?

Sí: puedes pedir subir o bajar capitales o añadir coberturas en cualquier momento, y la aseguradora ajusta la prima. Hazlo siempre tras una reforma, porque el valor de reconstrucción sube.

Fuentes y referencias

Se han utilizado estadísticas del mercado asegurador español, la normativa de crédito inmobiliario y la información oficial del Consorcio de Compensación de Seguros.

Ver metodología
En un seguro de hogar lo que decide si cobras todo es el capital que declaras, además de la prima. Valora el continente por el coste de reconstrucción y el contenido por lo que costaría reponerlo hoy, y compara pólizas con los mismos capitales, coberturas y franquicias. Si lo contratas con una hipoteca, puedes elegir aseguradora, pero pregunta qué bonificación pierdes si cambias.

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